YA ES HORA DE BUSCAR FUENTES DE COMBUSTIBLES RESPETUOSOS CON EL MEDIO AMBIENTE Y OLVIDARNOS DE LA EMISIÓN DE GASES TÓXICOS QUE GENERAN LOS COMBUSTIBLES FÓSILES TRADICIONALES. EN EL MERCADO EXISTEN NUMEROSAS OPCIONES PARA REDUCIR LA DEPENDENCIA DE VEHÍCULOS DE GASOLINA O DIÉSEL: ELÉCTRICOS O A GAS QUE CONTAMINAN MENOS… EL GOBIERNO FOMENTA CON DIVERSOS PLANES AYUDAS A LA COMPRA DE VEHÍCULOS CON ENERGÍAS ALTERNATIVAS.
En 2016 llega el nuevo Plan de Impulso a la Movilidad con Vehículos de Energías Alternativas, MOVEA, dirigido por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en colaboración con otras entidades y Ministerios. Su finalidad es conceder ayudas a la compra de vehículos propulsados por energías alternativas: turismos eléctricos, de gas, motos eléctricas y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico. También ayuda a la implantación de puntos de recarga. Con el Plan MOVEA, el Gobierno quiere continuar su impulso a estos vehículos mediante subvenciones directas para su compra.
Plan MOVEA es la fusión, en un único programa, de las ayudas estatales para adquirir vehículos de energías alternativas (antes, Programas MOVELE y PIMA Aire). MOVEA busca fomentar y continuar con la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte y disminuir las emisiones de CO2 causantes del efecto invernadero, además de recortar la dependencia energética del petróleo. Todo ello, para mejorar la calidad del aire y reducir la contaminación acústica de las ciudades. Al mismo tiempo, se favorece el consumo de energías renovables y fomenta la implantación y desarrollo de este tipo de vehículos en España.
La dotación del Plan MOVEA es de 16,6 millones de euros. Para adquirir vehículos eléctricos hay 8,8 millones de euros; vehículos propulsados por gas, 3,3 millones de euros; y para implantar puntos de recarga, 4,5 millones de euros.
¿Quién se puede beneficiar de este plan?
En principio, las ayudas del Plan MOVEA para adquirir vehículos eléctricos van destinadas a profesionales autónomos, personas físicas mayores de edad con residencia en España, empresas privadas, entidades locales, Administraciones de las Comunidades Autónomas y entidades públicas vinculadas o que dependan de ellas; también a las entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración general del Estado que realicen la inversión.
Quedan excluidos como beneficiarios de las subvenciones de este plan los puntos de venta de vehículos y los concesionarios.
Para implantar un punto de recarga de vehículos eléctricos en una zona publica y poder beneficiarse de las ayudas (potencia igual o superior a 40 kW), se ha de ser entidad local, administración de una comunidad autónoma o entidad pública vinculada tanto a ellas como a la administración general del estado. También pueden acogerse a estas ayudas las empresas privadas. Estas últimas son las únicas que pueden acogerse a las ayudas para implantar puntos de recarga semirrápida (potencia entre 15 kW y 40 kW), siempre que pertenezcan al sector servicios. Quedan excluidos los profesionales autónomos y las personas físicas.
Cuantía
Varios parámetros determinan la cuantía de las ayudas del Plan MOVEA: categoría del vehículo, masa máxima autorizada, propulsión, autonomía y precio de venta del vehículo, entre otros, cada uno en mayor o menor medida.
Así, para los vehículos de la categoría M1 propulsados por los distintos tipos de gas (GLP/Autogás, GNC, GNL) o bifuel, las ayudas oscilan entre 1.100 a 3.000 euros, dependiendo del precio del vehículo y si no supera 25.000 euros. Para los vehículos que se propulsen con baterías eléctricas (PHEV, REEV, BEV) varía entre 2.700 y 5.500 euros, siempre que el precio no supere 32.000 euros, en función de su autonomía.
Si la categoría del vehículo es N1, los propulsados por gas o bifuel oscilarán entre 2.000 y 5.500 euros, dependiendo de la masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA). Para los propulsados con baterías eléctricas y autonomía superior a los 60 km, la ayuda será de 8.000 euros.
En estas dos categorías, y solo para los vehículos propulsados por cualquier tipo de gas o bifuel, habrá un descuento adicional dado por el concesionario de 1.000 euros.
Para los clientes que adquieran un vehículo propulsado con motor eléctrico y quieran instalar un punto de recarga, la empresa autorizada a vender el vehículo debe facilitar la instalación, a su cargo, del punto de recarga en el lugar que el cliente designe, asumiendo hasta 1.000 euros antes del IVA. Dicho punto de recarga ha de cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52.
Además, los vehículos de la categoría M1 y N1 tendrán otra ayuda: 750 euros suplementarios por achatarrar un vehículo propulsado por motor diésel o gasolina.
Para autobuses y camiones las ayudas van desde 8.000 a 20.000 euros, más 1.000 euros de descuento adicional si son de gas o bifuel, o si son eléctricos 1.000 euros para la instalación del punto de recarga.
Las subvenciones de los cuadriciclos son 1.950 euros para los ligeros y 2.350 para los pesados, con una ayuda para el punto de recarga de 150 euros.
Las motocicletas disponen de ayudas que van desde 1.500 a 2.000 euros, dependiendo de su potencia y siempre que su autonomía eléctrica sea igual o superior a 70 km. Su precio de compra no debe ser superior a 8.000 euros.
Las bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico tendrán 200 euros de ayuda.
Los puntos de recarga en zonas públicas tendrán, como máximo, 2.000 euros de ayuda para puntos de recarga semirrápida y 15.000 para puntos de recarga rápida.
Tramitación
El punto de venta de vehículos adherido al programa tramitará las ayudas. Para ello, al vender el vehículo, efectuarán el descuento en el precio de adquisición.
En la factura de compra deben figurar desglosados los distintos conceptos: precio franco fábrica, otros costes, otros posibles descuentos, base imponible, precio del vehículo antes de IVA, precio después de impuestos y ayuda del Plan MOVEA después de impuestos, desglosada en: ayuda estatal, ayuda por achatarramiento, ayuda del concesionario, ayuda al punto de recarga y total a pagar por el cliente.
El plan MOVEA da las pautas, asimismo, para vender este vehículo a otro particular. Si se ha recibido ayuda para la compra del vehículo de energía alternativa, no podrá pasar su titularidad hasta transcurridos dos años desde el momento de la concesión de la subvención.
Tiempo de vigencia
Este Plan MOVEA está vigente desde el 29 de noviembre de 2015 (Boletín Oficial del Estado nº 285) hasta el 15 de octubre de 2016, o cuando se agoten los presupuestos establecidos.
GLOSARIO:
Plan MOVELE: Programa incentivo a la compra de vehículos eléctricos. El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDEA) gestionaba las ayudas directas a la compra. Apoyaba a los fabricantes de vehículos, de componentes y de infraestructuras de carga.
Plan PIMA Aire: Plan de Impulso al Medio Ambiente. Tenía por objeto renovar el parque de vehículos comerciales ligeros más antiguos por modelos eficientes y de menor impacto ambiental. Abarcaba motos y bicicletas eléctricas.
Para saber más:
- Área de Electromecánica. electromecánica@cesvimap.com
- Real Decreto 1078/2015, de 27 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA.
- Vehículos Híbridos y Eléctricos. CESVIMAP. 2015
- CESVITECA,biblioteca on line de CESVIMAP www.cesvimap.es
- @revistacesvimap